Violador de niña de 12 años que quedó embarazada fue condenado a 25 años de cárcel y a una reparación civil de 2 mil soles
La Sala Superior Especializada en lo Penal Descentralizada y Permanente del distrito San Juan de Lurigancho (SJL) llevó a cabo la audiencia de lectura de sentencia en el Penal de SJL contra Daniel Torres Monteza (25), quien fue condenado a 25 años de pena privativa de la libertad por el delito de violación sexual a una menor de edad de 12 años y al pago de dos mil soles por concepto de reparación civil a favor de la niña.
La condena Torres Monteza constituye un avance en aras del acceso a la justicia de la víctima, sin embargo, dicha Sala no acogió la agravante invocada por el representante del Ministerio Público en su acusación, contemplada en el último párrafo del artículo 173º del Código Penal, por no haberse acreditado dentro del proceso que el vínculo existente entre el agresor y la agraviada.
Torres Monteza es conviviente de la prima hermana de la niña y esto le daba una particular poder sobre la pequeña. Desde el Centro de Promoción de los Derechos Sexuales y Reproductivos (Promsex) no compartimos tal criterio, dado que la Sala olvida que dicho agravante contempla dos supuestos distintos: el cargo o vínculo familiar que le da al agresor particular autoridad sobre la víctima, o le impulse a depositar en él su confianza.
Este caso en concreto, dadas sus particularidades, no debería encajarse en el primer supuesto, sino en el segundo, esto es, cargo o vínculo familiar que impulse a la víctima a depositar en él su confianza; puesto que de autos se desprende que, efectivamente, la niña agraviada confiaba en Torres Monteza por formar parte de su círculo familiar, a tal punto, que fue aprovechándose de tal confianza que con engaños la hizo ingresar a su habitación donde finalmente la vejó.
Por otro lado, desde Promsex tampoco compartimos el monto fijado por concepto de reparación civil, puesto que es irrisorio en comparación de la magnitud del daño ocasionado a la niña agraviada como consecuencia de la comisión del delito por parte de Torres Monteza.
Tomando en cuenta que la niña agraviada resultó embarazada producto de tales repudiables actos y que posteriormente fue sometida a un aborto terapéutico puesto que fue diagnosticada con estrés postraumático e ideaciones suicidas, la suma de dos mil soles resulta a todas luces, insuficiente.
Además, no compartimos la denegación de las medidas de protección solicitadas por nuestra parte en reiteradas oportunidades a fin de proteger y cesar los actos de violencia y hostilización de los que fueron objeto: la niña agraviada, su madre y sus hermanos por parte de los familiares del ahora sentenciado. El criterio utilizado por la Sala respecto de la necesidad de interponer denuncia previa por los actos invocados es erróneo a la luz de la Ley 30364º, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y otros miembros del grupo familiar.
Los hechos relatados, el abuso sexual y la consecuente estigmatización sufrida por la niña agraviada, han generado en ella un permanente estado de dolor, tristeza, culpa y ansiedad, por lo que la menor requiere una larga terapia psicológica que le permita rehacer su vida, con lo cual, el monto de reparación civil fijado es desproporcional, y, por ende, arbitrario.
Finalmente, desde Promsex repudiamos la estrategia utilizada por la defensa del ahora sentenciado, al pretender a toda costa que éste evada su responsabilidad penal, incluso manipulando y alterando pruebas, tal como se desprende de los indicios encontrados por la misma Sala, y que hoy le han valido a dicha parte, la apertura de una investigación ante la Fiscalía de Turno por la presunta comisión del delito contra la fe pública.
Asimismo, resulta sumamente cuestionable la estrategia de la defensa de Torres Monteza, al haberse centrado en desacreditar a la víctima, y no en probar la inocencia de su defendido, lo cual nos evoca el caso conocido como “La Manada” relativo a una violación sexual grupal ocurrido en España en 2016, donde la defensa de los acusados se centró en la misma “estrategia”, estigmatizando a la víctima y justificando la violencia, causando así la repulsión de la sociedad española.
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