Gobierno reconoce violación de DDHH contra adolescente
El Gobierno peruano reconoció la violación de derechos humanos perpetrados contra L.C., una adolescente víctima de violación a quién le fueron negados los servicios de salud necesarios, incluido el servicio de aborto para proteger su salud física y mental.
El Ministro de Justicia Aldo Alejandro Vásquez Ríos, en representación del Gobierno peruano, reconoció la violación de derechos por parte del Estado cometida contra L.C. al impedir el acceso al aborto legal como parte del cumplimiento del dictamen sobre aborto de las Naciones Unidas. En el 2011, el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW) condenó al Gobierno peruano por vulnerar los derechos de L.C., y recomendó al Estado reformar la ley para permitir el aborto en casos de violación y garantizar la disponibilidad y prestación del servicio médico de aborto en los casos en que éste represente un riesgo para la salud y la vida de la mujer (legal en el país desde 1929).
El Centro de Derechos Reproductivos -CRR- y PROMSEX presentaron el caso de L.C. contra Perú ante el Comité CEDAW y participaron en la negociación del acuerdo firmado por el Gobierno peruano. Esta decisión representa el tercer caso en la historia en que una instancia internacional de derechos humanos hace responsable a un Estado por no garantizar el acceso al aborto legal. La más reciente reparación se dio en el caso de K.L., una adolescente que fue obligada a continuar con su embarazo mientras su salud física y mental se encontraba en grave riesgo.
Lilian Sepúlveda, Vice Presidenta del Programa Legal Global del Centro de Derechos Reproductivos afirmó:
«Denegar el derecho al aborto a una mujer o una adolescente es cruel e inhumano, y es una violación a sus derechos fundamentales».
«L.C. fue una adolescente víctima de abuso e intento de suicidio, quien necesitaba asistencia médica urgente, pero a quien le fue negado el servicio ya que su vida y salud no fueron tomadas en consideración por el Estado peruano».
«El día de hoy el gobierno está demostrando su voluntad de corregir los daños generados a las mujeres alrededor del país a quienes le han sido negados el aborto legal para proteger su salud. Perú debe ahora tomar un paso para implementar guías claras que permitan a todas las mujeres y adolescentes el acceso a este servicio fundamental de salud reproductiva».
El caso de L.C. fue presentado ante el Comité CEDAW por el CRR y PROMSEX en el año 2009. L.C. quedó embarazada cuando tenía 13 años producto de las repetidas violaciones que sufrió en manos de su vecino. L.C. intentó suicidarse saltando desde el techo de una casa y sufrió una lesión de la médula espinal que requería de una cirugía inmediata. Pese a que las leyes peruanas permiten el aborto cuando la salud o la vida de una mujer están en riesgo, los médicos se negaron a operar a L.C. bajo el argumento de que dicha intervención podría representar una amenaza a su embarazo. L.C. tuvo un aborto espontáneo pero la atención médica llegó demasiado tarde, situación que la dejó cuadripléjica. En el año 2011, el Comité CEDAW emitió su decisión exigiendo que el Gobierno proteja la salud y los derechos humanos de las mujeres, y reforme sus leyes sobre aborto para permitirlo en casos de violación.
Susana Chávez, Directora General de PROMSEX estableció:
«El Estado peruano ha reconocido la responsabilidad internacional por la violación de derechos humanos de L.C al negarle un aborto legal cuando su vida y su salud corrían peligro».
«Con este reconocimiento el Estado Peruano está obligado a dar soporte vitalicio a L.C a fin de amenguar los daños que le han dejado con discapacidad severa y también debe desplegar todos sus esfuerzos para garantizar el acceso al aborto no punible a todas las niñas, adolescentes y mujeres que lo necesiten».
«Así como debe tomar las medidas que sean necesarias para despenalizar el aborto por violación como el Dictamen del Comité establece».
Los organismos de Derechos Humanos de las Naciones Unidas han planteado constantemente sus preocupaciones sobre la negación del acceso a servicios de aborto legal en Perú. Si bien el gobierno ha tomado algunas medidas necesarias como la aprobación de la Guía Técnica de Interrupción del Embarazo, el acceso continúa siendo limitado y aún queda pendiente arreglos institucionales tales como la capacitación de los proveedores, el registro de casos atendidos, la financiación sobre el aseguramiento y la más amplia información para las mujeres.
En Perú el aborto permanece prohibido en los casos de violación. En el mes de febrero de 2016, el Comité sobre Derechos del Niño de las Naciones Unidas recomendó de manera explícita al gobierno peruano despenalizar el aborto al menos en los casos de violación, incesto y malformaciones fetales severas. El Comité señaló que las decisiones de las niñas deben siempre ser escuchadas y respetadas en lo que respecta al aborto, y recomendó al Estado proveer guías claras a los proveedores de salud sobre la prestación del servicio, e información a las niñas y adolescentes sobre el mismo.
La falta de acceso al aborto que permite la ley, es responsable de al menos el 20.3% de muertes maternas y en algunas ciudades del Perú, puede alcanzar hasta el 30% (Arequipa), según reporta el Ministerio de Salud en su Informe La Mortalidad Materna en el Perú 2002-2011. Negar el aborto por razones de salud, pone en grave riesgo y acorta la sobrevivencia de mujeres en quienes el embarazo impacta sobre su salud física o mental.
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