Juez ordena reconocer matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados fuera del Perú
Por primera vez en la historia de nuestro país, un Juzgado Constitucional ordena al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – Reniec que reconozca el matrimonio entre un ciudadano peruano (Oscar Ugarteche) y otro mexicano (Fidel Aroche) celebrado en México.
Si bien, el pedido fue solicitado por Oscar Ugarteche en el año 2012; Reniec se opuso y declaró improcedente la solicitud de inscripción del acta de matrimonio bajo el argumento de que el mismo solo puede entenderse como el vínculo entre un hombre y una mujer, según lo señalado por el Código Civil peruano que data del año 1984.
Al respecto, el 7º juzgado constitucional de Lima estableció que, «si bien es cierto nuestra Constitución Política establece que la forma del matrimonio se regule por la ley, también es cierto que dichas leyes no pueden ser contrarias a la propia Constitución», es decir, no pueden vulnerar los derechos reconocidos en la misma como el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad, la dignidad, la intimidad personal y familiar, y el mandato de no discriminación y protección a las familias, que se afectan cuando no se reconocen las uniones de personas del mismo sexo.
En ese sentido, afirmó que, no existe razón objetiva y razonable para no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, pues «ni la Constitución ni los tratados de derechos humanos amparan la restricción establecida en el Código Civil peruano sobre estas uniones», recordando, además, que «no es factible una oposición de carácter religiosa al reconocimiento de un matrimonio homosexual, puesto que el Perú es un Estado laico».
Asimismo, el juzgado hizo un llamado al poder legislativo, y enfatizó en que «no es acorde a derecho que a la fecha no exista institución alguna que reconozca algún derecho a favor de las parejas homosexuales», pues la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya ha estableció que, la orientación sexual de las personas es una categoría protegida por la Convención Americana y que, por tanto, ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, pueden disminuir o restringir, de modo alguno, los derechos de una persona a partir de su orientación sexual, como pretenden los grupos conservadores en el país.
Solo para recordar, Oscar Ugarteche fundó junto a otros activistas el Movimiento Homosexual de Lima en la década de los 80’s y es un destacado economista peruano que, actualmente, ejerce la docencia y la investigación en la Universidad Nacional Autónoma de México, país en el que también vive y desde el cual reflexiona: «¿Por qué vivo yo en México y no en el Perú?, las razones tienen que ver con las formas de discriminación de la sociedad peruana y ésta es una pequeña contribución para acabar con eso».
Desde PROMSEX saludamos la decisión del juzgado constitucional y coincidimos en que, sin duda, esta sentencia es histórica e invaluable en la lucha por los derechos de las personas TLGB en el país, pues la discriminación debe ser contundentemente cuestionada, más aún cuando es amparada y legitimada por las acciones y omisiones del propio Estado.
Comunicaciones Promsex
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