Caso AOE: Promsex saluda medida cautelar favorable del Primer Juzgado Constitucional de Lima
En el 2009, el Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia que ordenó al Ministerio de Salud suspender la distribución gratuita del Anticonceptivo Oral de Emergencia (o «píldora del día siguiente») porque existía una «duda razonable» sobre la naturaleza abortiva de la pastilla, duda descartada por la OMS.
En diciembre del 2015, el Primer Juzgado Constitucional de Lima admitió a trámite la demanda de amparo contra el Ministerio de Salud interpuesta por Violeta Cristina Gómez Hinostroza, con la finalidad de que se cumpla con informar y distribuir la AOE nuevamente en todos los centros de salud del Estado.
Lima, martes 23 de agosto de 2016. Luego de un largo proceso judicial, finalmente el Primer Juzgado Constitucional de Lima dictó una medida cautelar a favor de la distribución gratuita del anticonceptivo oral de emergencia (AOE), o comúnmente conocida como píldora del día siguiente, en los centros de salud públicos del país.
Desde Promsex, saludamos la decisión del juzgado, la misma que da al Ministerio de Salud (Minsa) un plazo de 30 días para redistribuir el fármaco a nivel nacional, porque representa un cambio rotundo en la situación de la salud sexual y reproductiva en el país.
La distribución gratuita del AOE frenó en el año 2009, luego de que el Tribunal Constitucional (TC) emitiera una sentencia en base a la supuesta existencia de una «duda razonable» en torno a la naturaleza abortiva del mismo; sin embargo, el fallo también precisó que, de llegar a un consenso sobre la inexistencia de efectos abortivos de la píldora, «tendría que cambiarse de opinión».
Considerando ese aspecto, en diciembre del 2015, el Primer Juzgado Constitucional de Lima admitió la demanda de amparo contra el Minsa, ingresada por la ciudadana Cristina Gómez Hinostroza, y considerando nuevos argumentos jurídicos en la solicitud y reafirmando la evidencia científica que no fue tomada en consideración por el TC en ese momento.
«La sentencia del TC perjudicaba el derecho a la autonomía reproductiva de las mujeres, el mismo que garantiza tener acceso a todos los métodos anticonceptivos necesarios para poder decidir cuántos hijos tener. El caso más grave es que no se está haciendo nada para atender los casos de violación de mujeres. En los hospitales no se les está informando, ni se les está proporcionando este método anticonceptivo que puede evitar ese embarazo no deseado. Por ello, el pronunciamiento del juzgado y las posturas de varias carteras del gabinete reafirman la voluntad política del actual gobierno para hacer cumplir lo que pide el Poder Judicial», expresó Gómez.
Por su parte, Brenda Álvarez, abogada de Promsex, celebra la decisión del Poder Judicial y confía en que la sentencia final seguirá el mismo sentido del Primer Juzgado Constitucional de Lima y que se hará respetar el Estado laico al momento de emitir un pronunciamiento de fondo.
«Esto representa una pequeña victoria para las peruanas, por ello corresponde al gobierno poner en vigencia el Estado laico y respetar las decisiones del Poder Judicial. Estamos ante una decisión que busca reivindicar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres de este país. Obtener una sentencia final negativa nos regresaría a la misma situación de vulnerabilidad, ya que a pesar que hay políticas para evitar el embarazo adolescente, las tasas son altas y alarmantes. El ejecutivo necesita tener a disposición este medicamento para velar por la salud pública de las peruanas», indicó la especialista.
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