Contra la política de la inacción
Un Estado democrático tiene como elemento definitorio la protección y la garantía efectivas de los derechos de ciudadanía. Es decir, los estados democráticos deben reconocer, respetar y proteger, a través de sus leyes y políticas públicas, todos los derechos de todos los ciudadanos y ciudadanas, sin exclusiones. Y ello de una manera activa y comprometida, ya que la inacción de las instituciones democráticas puede convertirse en una vergonzante forma de complicidad que acabe fortaleciendo y legitimando la desigualdad y la injusticia.
En el caso peruano, el Estado muestra una alarmante pasividad en demasiadas situaciones que violan los Derechos Humanos de los colectivos sociales más vulnerables y desprotegidos, como son las mujeres y la diversidad sexual, desoyendo numerosas recomendaciones de distintos organismos internacionales. Repasemos los ejemplos más relevantes de esta inacción institucional:
-Según Promsex y la Red Peruana TLGB, durante el último año se registraron en el Perú 17 asesinatos y más de 40 agresiones contra personas LGBT, crímenes que no han sido investigados en la mayoría de los casos. Además, debido a la indignante oposición del Congreso, el Código Penal peruano sigue sin establecer expresamente la agravante general por razón de discriminación por orientación sexual e identidad de género en la persecución y condena de los crímenes de odio.
-El Perú tiene pendiente la firma y/o la ratificación de tres convenciones internacionales sobre Derechos Humanos, al incluir éstas la orientación sexual y la identidad de género como motivos de no discriminación: la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, la Convención Interamericana de Derechos de las Personas Mayores y la Convención Interamericana contra toda Forma de Discriminación e Intolerancia.
-El simbólico proyecto de ley de unión civil no matrimonial para personas del mismo sexo, presentado por el congresista Carlos Bruce hace varios meses, continúa estancado en la Comisión de Justicia del Congreso de la República sin fecha definida para su debate, a pesar de contar con opiniones favorables del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Defensoría del Pueblo. Especialmente preocupante es la negativa a opinar del Presidente Ollanta Humala sobre dicho proyecto.
-El derecho a la libre autodeterminación de las personas trans es violado sistemáticamente por una legislación que obliga a someterse a la cirugía de reasignación genital, prestación no cubierta por la sanidad púbica peruana, para poder modificar la mención de nombre y sexo en el DNI y que deja a consideración de los tribunales la decisión última sobre el reconocimiento de la propia identidad de género.
-El aborto terapéutico es legal en el Perú desde 1924, sin embargo, no existe un protocolo nacional que garantice su acceso universal en condiciones seguras y de calidad. En 2013 122 mujeres fallecieron por enfermedades que se complicaron con el embarazo. En marzo de este año el Ministerio de Salud se comprometió a aprobar dicho protocolo en el presente semestre. Todavía hoy es una promesa incumplida.
-Según datos de la Policía, la trata de personas con fines de explotación sexual es uno de los delitos más rentables en el Perú. Este crimen registra mayor incidencia en las mujeres jóvenes de escasos recursos y en las zonas donde se implanta la minería ilegal, como el departamento selvático de Madre de Dios. Entre sus víctimas el 57% tiene entre 13 y 27 años. Todo ello sin que el Estado reconozca y enfrente esta dramática realidad con valentía, firmeza y compromiso político.
-Durante el régimen de Alberto Fujimori más de 2.000 esterilizaciones forzadas fueron registradas en el Perú contra mujeres del ámbito rural, crimen sobre el que planea todavía la sombra de la impunidad. El cierre «en falso» de la investigación que se ha desarrollado al respecto deja a miles de mujeres peruanas indefensas ante la brutalidad, sin posibilidad de acceder de forma efectiva a la justicia y la reparación necesarias.
¿Puede decirse entonces que el Estado peruano es verdaderamente democrático? ¿Hasta cuándo serán permitidas por los poderes públicos estas flagrantes situaciones de desigualdad, injusticia e impunidad? El gobierno y el resto de instituciones públicas no pueden permanecer impasibles por más tiempo cediendo a las presiones de los sectores que conciben los Derechos Humanos como privilegios jerarquizados, restringidos y exclusivos, reservados tan sólo a unos pocos.
El artículo 1° de la Constitución Política del Perú, promulgada en 1993, recoge: «La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado». Siguiendo este principio, el Estado peruano debe dedicar sus esfuerzos a garantizar la dignidad de toda la ciudadanía a través de políticas públicas que enfrenten eficazmente la desigualdad y la injusticia. No legislar, no decidir, no actuar, no puede ser jamás la respuesta de la democracia ante las violaciones de derechos humanos.
Lima, 4 de junio de 2014.
Alberto Hidalgo Hermoso
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