“Muertes innecesarias”
Para una sociedad con menos violencia contra las mujeres he aquí algunas sugerencias.
El Perú necesitó 20 años para tipificar el «feminicidio» dentro del Código Penal, término que define al asesinato de mujeres, su ocurrencia en circunstancias especiales y su fundamento en la desigualdad histórica entre los géneros (Villanueva, 2009). Esta postergación no es fortuita y expresa lo que nos tomó reconocer a la violencia contra la mujer como resultado de la discriminación y de cuestionar su «complementariedad-de los sexos-como-orden-natural» que algunos aún consideran el fundamento de la armonía familiar.
Así, después de años de insistir que la violencia contra las mujeres es el resultado de la desigualdad y de su desvalorización como ciudadanas, se reconoció un delito ejercido en su mayoría por hombres, que creen tener derechos sobre las mujeres, hasta el punto de asesinarlas. Datos del Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público (OC) señalan que el 50% de las mujeres asesinadas fueron victimadas por sus parejas, mientras que esto ocurrió solo en el 10% de hombres.
Si bien el OC desde su primer reporte en el 2009 detecta menos casos de feminicidios (de 154 a 90 para el 2012), esto no responde necesariamente al control del fenómeno, sino a dos situaciones: a la baja «proporcionalidad del evento», pues no es frecuente que los maridos anden asesinando a sus parejas (además, para medir los cambios se necesitaría por lo menos diez años) y a nuestro aún precario sistema de seguridad ciudadana, donde cada año solo en Lima se reportan 600 «desaparecidas» (CHS, 2013), que algunas podrían estar muertas. Por lo tanto, las 26 mujeres víctimas de asesinato en este año (El Comercio, 21 de febrero) podrían tratarse solo de un aproximado.
El feminicidio solo es una pequeña parte, la base es la violencia que sufren las mujeres. Datos de la Defensoría del Pueblo señalan que antes de ser muertas el 15% denunciaron maltratos. Por ello, la inclusión del feminicidio en la ley penal alivia (un poquito) la sed de justicia, pero no atiende lo central, que es la prevención; pues lo que se necesita está lejos de las cárceles, pero no de las casas, escuelas, servicios de salud, medios de comunicación y espacios públicos. Sin embargo, para que ello funcione se necesita que:
a) La ley amplíe su comprensión de violencia basada en género, incluyendo a las personas de la diversidad sexual que también son afectadas por su femineidad.
b) Se brinde educación sexual basada en derechos humanos y enfoque de género.
c) Se habilite a policías, jueces y fiscales en enfoque de género y no discriminación.
d) Se elimine las barreras del aseguramiento que operan en los servicios de salud, sin reconocer que la violencia económica es muchas veces el inicio del aniquilamiento.
e) Se garantice alojamientos temporales, refugios y protección integral para las víctimas y sus hijos.
f) Se desarrollen políticas culturales enfocadas en el rechazo y erradicación de la discriminación de género.
Nada de esto es ajeno al Estado y estas acciones son parte de los muchos planes nacionales que disponemos, pero que lamentablemente aún se quedan en el nivel declarativo, sin tomar conciencia de lo importante que serían no solo para tener menos mujeres muertas, sino para tener una sociedad menos violenta y, por ende, más vivible.
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