ONU advierte que grupos religiosos y sociales que se oponen a la “ideología de género” son amenazantes para los Derechos Humanos
“Cada avance en la lucha por los derechos de la mujer es también un avance en la lucha contra el fundamentalismo”[1]
En el más reciente Informe de la Relatora Especial sobre los derechos culturales de Naciones Unidas (http://undocs.org/es/A/72/155), que toma en consideración el informe elaborado por Promsex sobre los ataques fundamentalistas a las políticas educativas con igualdad en Perú (https://goo.gl/YofYQp), se hace un llamado a dar una respuesta mundial urgente frente a la avalancha del fundamentalismo y el extremismo. Los mismos que en diversas formas y en todas las regiones, representan una de las principales amenazas contra el sistema de derechos humanos y, especialmente, los derechos de determinados grupos como las mujeres y personas LGBTI, pues tratan de hacer retroceder los avances realizados para lograr la igualdad, tienen por objeto impedir nuevos avances y tratan de castigar y estigmatizar a defensores de derechos humanos que promueven tan importante labor .[2]
El informe emplea el término “fundamentalismo” para aludir a grupos cuyo postulado central es el rechazo de la igualdad y la universalidad de los derechos humanos[3]; siendo que, entre los elementos centrales de sus programas se encuentran la represión de los derechos de las mujeres y el control sobre ellas[4], basados en cosmovisiones rígidas, centradas en la aversión por “el otro”, así como la demonización de los esfuerzos que se oponen a la fijación de estereotipos calificándolos como “ideología de género”[5]. Algunos de estos grupos suelen imponer su interpretación de las doctrinas religiosas u otras[6], por lo que las leyes y las políticas que promueven se sustentan en ideas estereotipadas y sexistas sobre las relaciones de género, las cuales discriminan claramente a las mujeres[7] y personas LGBTI. Siendo así, a la Experta le preocupa la creciente aceptación de este tipo de discursos entre lo/as principales candidato/as, partidos políticos y medios de comunicación, lo que tiene graves consecuencias y empodera a fundamentalistas y extremistas.
Por ello, los grupos que promueven causas fundamentalistas y extremistas no pueden ser considerados defensores de los derechos humanos por constituir fundamentos ideológicos para la violación de los mismos. En ese sentido, la Experta advirtió que los fundamentalistas a veces intentan promover sus causas o resguardarse de las críticas empleando el lenguaje de los derechos humanos y de la libertad de religión; sin embargo, no se puede reconocer derecho alguno a un grupo o individuo para emprender actividades encaminadas a la destrucción de los derechos humanos[8].
En cuanto a los impactos del fundamentalismo, pueden ser diversos; sin embargo, suele repercutir de forma desproporcionada en los derechos de las mujeres y personas LGBT. Lo que se evidencia en la presión que ejercen la Iglesia Católica y los movimientos evangélicos en las organizaciones de mujeres de América Latina que luchan por la salud y los derechos reproductivos[9]. Asimismo, se registra que los fundamentalistas atacan la educación de diferentes maneras, en un intento de imponer su visión del mundo[10], como lo que sucede en Perú, donde las iniciativas para fomentar la protección de los derechos humanos de las mujeres y personas LGBT en las escuelas se ven frustradas por acciones fundamentalistas concertadas. Por tanto, la medida más importante que pueden adoptar los Gobiernos para derrotar al fundamentalismo es garantizar la educación con un sistema de enseñanza de carácter laico y no sexista que promueva una cultura de igualdad de género[11].
Cabe precisar que, La Relatora Especial hace hincapié en que es obligación de los Estados prevenir y sancionar los actos cometidos por los agentes no estatales (grupos de sociedad civil, iglesias, etc.) fundamentalistas y extremistas contra los derechos humanos, de lo contrario puede ser responsable de dichos actos al no adoptar medidas con la diligencia debida para impedir la violación o para investigar y castigar los actos de violencia [12].
En ese sentido, instamos al Estado peruano a considerar los estándares señalados a tomar públicas frente a los discursos y acciones de grupos fundamentalistas contrarias al sistema de derechos humanos, en nuestro país. Pues vienen actuando impunemente obstaculizando el reconocimiento y garantía de los derechos humanos de las personas LGBTI y de los derechos sexuales y reproductivos; además de incitar a la violencia y discriminación contra las mujeres y personas LGBTI en diversos ámbitos.
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[1] Zeinabou Hadari, citada en Karima Bennoune, Your Fatwa Does Not Apply Here: Untold Stories from the Fight against Muslim Fundamentalism (Nueva York, W.W. Norton and Company, 2013), pág. 82.
[2] Informe de la Relatora Especial sobre los derechos culturales Karima Bennoune, presentado de conformidad con lo dispuesto en la resolución 28/9 del Consejo de Derechos Humanos. Fecha: 17 de julio de 2017 (A/72/155)., párr. 02y 95
[3] Ibidem., párr. 04 y 06.
[4] Ibidem., párr. 15.
[5] Ibidem., párr. 07.
[6] Ibidem., párr. 12.
[7] Ibidem., párr. 16
[8] Ibidem., párr. 55
[9] Ibidem., párr. 57.
[10] Ibidem., párr. 88.
[11] Ibidem., párr. 97.
[12] Ibidem., párr. 45.
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