Asilo y diversidad sexual
El rey Harald V de Noruega fue mundialmente elogiado por un discurso, el pasado 1º de septiembre, en ocasión de los festejos por el 25º aniversario de su reinado, en favor de la apertura a inmigrantes que llegan al país por distintos motivos. Lo más destacado del discurso fue el reconocimiento del carácter plural de la sociedad noruega no sólo en términos culturales o religiosos, sino también sexuales. Él mismo descendiente de migrantes daneses e ingleses, afirmó: “Los noruegos vienen del norte, del centro y del sur Noruega, así como de otras regiones. Noruegos también son los inmigrantes de Afganistán, Pakistán, Polonia, Suecia, Somalia y Siria. […] Noruegas son las chicas que aman a chicas, los chicos que aman a chicos, los chicos y chicas que se aman unos a otros. Los noruegos creen en Dios, en Alá, en todo y en nada […]. En otras palabras: tú eres Noruega. Nosotros somos Noruega […]”.
Sus palabras adquieren especial sentido en Europa, no sólo por la actual crisis de refugiados precipitada por la guerra en Siria, sino también por el reciente reconocimiento de la nada nueva situación de migrantes LGBTI que viajan a Europa para huir de situaciones de violencia en diversos países.
Desde 2009, el marco jurídico de la Unión Europea reconoce la violencia por orientación sexual e identidad de género como motivo de asilo. Sin embargo, varios de sus países miembro sólo comenzaron a conceder dicho derecho el año pasado. De acuerdo con el último Reporte anual sobre la situación de Derechos Humanos de personas LGBTI en Europa , publicado por ILGA -Europa, en 2015, Bulgaria y Malta concedieron por primera vez asilo amparados en dichos motivos. El primer caso fue el de un iraquí que dejó su país luego de haber sido secuestrado, agredido y amenazado de muerte por su orientación sexual. El segundo fue el de una persona transgénero. Ese mismo año, Holanda modificó su política de asilo para solicitantes LGBTI provenientes de Rusia. A partir de ahora los considerará un ‘grupo de riesgo’ y ya no les sugerirá cambiar de domicilio dentro de su país de origen para estar a salvo de la violencia homo-, lesbo- y transfóbica. En Rumania, la ley de asilo promulgada en 2006 fue modificada con el objetivo de implementar procedimientos especiales para solicitantes LGBTI, que reconozcan sus necesidades particulares en materia de seguridad.
Pese a dichos avances y a que el número de refugiados y aspirantes a asilo por orientación sexual e identidad de género se incrementó ostensiblemente con respecto a años anteriores, señala ILGA, la Comisión Europea propuso ampliar su lista de ‘países seguros’ en materia de orientación sexual e identidad de género, lo que podría traducirse en el desconocimiento de solicitudes provenientes de los mismos, pese a que los derechos de las personas LGBTI no estén garantizados.
En países como España, el Reino Unido y Alemania, las autoridades migratorias tomaron polémicas decisiones que ponen en entredicho la materialización de dicho derecho. El país ibérico rechazó la solicitud de asilo a Christelle Nangnou , una mujer camerunesa de 29 años perseguida y amenazada de muerte por su orientación sexual, cuya foto circuló en medios impresos locales que la acusaban de ser la líder de un grupo de lesbianas. En Camerún, las relaciones entre personas del mismo sexo son ilegales y pueden ser castigadas hasta con la pena de muerte. Pese a ello, sólo una acción ante la Corte Europea de Derechos Humanos logró retrasar su deportación. Sólo luego de que la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELTGB) emprendiera una campaña a favor de la camerunesa y de que varios parlamentarios españoles se reunieran con las autoridades migratorias, se logró concederle el derecho de permanencia en el país.
En el Reino Unido, las autoridades rechazaron la solicitud de asilo de Aderonke Apata, activista LGBTI nigeriana , argumentando que no podía ser lesbiana dado que tenía un hijo. La mujer apeló la decisión y remitió fotografías y videos personales como evidencia de su relación con otra mujer. No obstante, la corte a cargo del caso consideró que ella había mentido sobre su orientación sexual con el fin de obtener asilo. La situación de Apata no se ha resuelto. De ser deportada, puede enfrentar una condena en prisión de 14 años e incluso ser sentenciada a pena de muerte .
Situaciones semejantes también se presentaron en Alemania, país de la Unión Europea que ante la crisis actual de refugiados ha abogado por políticas de acogida más humanitarias. Ese país rechazó solicitudes de asilo por parte de un gay y de una lesbiana, ambos ugandeses, que habían sido víctimas de ataques homofóbicos en su país . Las autoridades alegaron que el gobierno de Uganda –el mismo que pretende elevar las penas por homosexualidad a sentencias de por vida en prisión– protege de forma adecuada a las personas LGBTI.
El reconocimiento de un derecho
José Díaz Lafuente, jurista español especialista en la materia, señala que aunque en Europa persiste la violencia y discriminación hacia personas LGBTI, puede observarse un proceso de paulatino reconocimiento jurídico de la orientación sexual y la identidad de género en la garantía de derechos humanos. Para el investigador y docente de la Universitat de València y la Universidad Jaime I Castellón de la Plana, dicho proceso en los países europeos inició con la despenalización de la homosexualidad e involucra el desarrollo de una normativa y jurisprudencia antidiscriminatoria que abarca un amplio abanico de derechos. En el marco de la Unión Europea, “el reconocimiento de los motivos de orientación sexual e identidad de género como motivos de persecución para la concesión del estatuto de refugiado o, en su caso, de la protección subsidiaria, no es sino la expresión de dicho proceso interno de integración y toma de conciencia social y jurídica de lo injusto de la violencia y discriminación por tales motivos y su incorporación al ámbito objetivo de un derecho humano internacionalista, subjetivo y personalísimo como es el derecho de asilo”, explica.
La tendencia creciente de reconocimiento de derechos a personas LGBTI en Europa, así como en otras regiones del mundo, ha sido señalada por numerosos juristas. No obstante, algunos advierten la necesidad de cuestionar la narrativa, alimentada muchas veces por logros como el matrimonio y la adopción igualitaria, según la cual el futuro sólo depararía más y mejores condiciones de vida para lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersex.
Renáta Uitz, profesora de derecho comparado constitucional en la Universidad Central Europea, afirma que muchas personas suelen explicar este proceso a partir de una creciente aceptación de la homosexualidad y la emergencia de un consenso social a favor de la inclusión de personas LGBTI en la comunidad política. Sin embargo, aclara, tales explicaciones suelen desconocer eventos paralelos en el sistema político y legal, como las propuestas fallidas de ampliación de derechos, las declaraciones públicas abierta o solapadamente homofóbicas de gobernantes, jueces y legisladores, así como las protestas contra personas LGBTI alentadas por distintos sectores de la sociedad.
La investigadora considera que los avances legales en materia de orientación sexual e identidad de género pueden explicarse mejor con referencia a las acciones de los llamados ‘veto-players’: actores heterogéneos que tienen la habilidad de frenar avances legales en distintas materias. En el caso de la Unión Europea, el silencio de los veto-players frente a la concesión de derechos a LGBTI puede explicarse no tanto por un cambio en el prejuicio, sino por dinámicas como el ingreso a dicha comunidad política, con frecuencia condicionado a la transformación de los marcos legales sobre discriminación. Es el caso de países como Polonia, Eslovenia y Hungría, recientemente incorporadas a la UE, en los que la autora identifica avances en la protección legal contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género y, de forma paralela, un fuerte rechazo social hacia las personas LGBTI. Los veto-players europeos, explica Uitz, son en su mayoría actores externos al sistema parlamentario, como la iglesia católica y algunos movimientos sociales. Aunque para ellos el lenguaje de los derechos humanos suele ser algo ajeno al orgullo nacional en momentos en que se debe ‘proteger al país frente a abominaciones’, pueden permanecer relativamente inactivos ante cuestiones de gran envergadura como el ingreso a la Unión Europea, explica.
Uitz aclara que el ingreso a la UE no constituye garantía de éxito de leyes antidiscriminación o de la eliminación del prejuicio. Como se observa en los casos citados de España, Alemania y Reino Unido, aunque los veto-players no hayan bloqueado iniciativas relacionadas, los actores gubernamentales comprometidos pueden dudar, chocar o actuar de modo contradictorio frente a un derecho que pregonan defender. La demora en resolver problemas relacionados con la discriminación envía además un poderoso mensaje a la ciudadanía, señala la investigadora, en tanto dicha problemática puede ser vista como algo no prioritario o simplemente como el caballo de batalla de una autoridad extranjera. En algunos países de la UE que cuentan con importantes avances judiciales en materia de derechos de LGBTI, las cortes han actuado sin un apoyo social amplio y sus decisiones con frecuencia obedecieron al litigio estratégico de grupos de interés o de movimientos sociales, más que a un consenso social.
Estos factores inciden tanto en la formulación de políticas nacionales contra la discriminación y la protección de LGBTI –entre ellos el derecho de asilo–, como en la implementación de marcos normativos supranacionales en un territorio nacional. Asimismo, arrojan luz sobre la desigual protección de derechos de los migrantes LGBTI por parte de los países miembro de la Unión Europea, pese a que, como señala Díaz Lafuente, el reconocimiento de sus derechos debería “transcender los regímenes jurídicos nacionales de origen para ofrecerle al perseguido el derecho a gozar de otros derechos en libertad y sin discriminación alguna”.
Protección desigual
En su tesis doctoral, premiada y recientemente publicada por el Congreso Español de los Diputados , Díaz Lafuente analiza el derecho de asilo por motivos de orientación sexual e identidad de género en el contexto de la Unión Europea. Entre los desafíos que enfrentan España y la UE al respecto se cuentan los conflictos que surgen entre la legislación y la jurisprudencia de dicha comunidad política y las de los estados miembro.
“Los Estados miembro de la Unión Europea no presentan una práctica procesal del asilo uniforme en este aspecto. En algunos países como Alemania, el Reino Unido, Finlandia o Suecia, además de la existencia de una norma punitiva en los países de origen del solicitante de asilo, que contemple penas como la privación de la libertad o la condena a muerte por mantener actos homosexuales, se requiere que en tales países la norma punitiva se aplique de forma efectiva. Y en otros Estados europeos, el requisito es triple; exige no sólo la existencia de la norma punitiva y su aplicación efectiva, sino que esta debe, además, aplicarse de forma individualizada al solicitante de protección internacional”, relata el experto.
A partir del análisis crítico de la normativa de la UE, el jurista español considera que dichos criterios entran en conflicto con lo dispuesto por la Ley 12/2009, que regula el derecho de asilo y la protección subsidiaria. El artículo 6 de la norma incluye, entre los actos que considera persecución, toda medida legal y administrativa discriminatoria, por lo tanto, “las leyes que de forma directa o indirecta sancionen las relaciones o los actos sexuales consensuados entre personas adultas del mismo sexo deben entenderse per se constitutivas de un acto de persecución”, explica.
Díaz Lafuente asimismo señala que la sola existencia de un marco legal punitivo, sin importar si se aplica o no, contribuye a la creación de un contexto homofóbico, en tanto permite que “cualquier agente estatal pueda infligir daño grave contra las personas por su orientación sexual o su identidad de género y propicia un ambiente permisivo ante la persecución y ante violaciones de derechos humanos perpetradas por agentes no estatales, por ejemplo en el entorno familiar” u otros ámbitos de sociabilidad. Por otro lado, “impide la posibilidad de solicitar protección ante autoridades nacionales que, por mandato de la ley, están obligadas a perseguir, sancionar y condenar por los mismos motivos por los que el perseguido pide protección”.
Por último, la postura de dichos países “es contraria al criterio establecido por la jurisprudencia de otros tribunales de países europeos, como el Tribunal de Casación italiano, y por lo dispuesto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que, en sentencia de 7 de noviembre de 2013, estimó la necesidad de la aplicación efectiva de la norma punitiva para ser constitutiva de acto de persecución, pero sin requerir la aplicación efectiva individualizada sobre la persona solicitante de protección internacional”, analiza Díaz Lafuente.
La desigual protección del derecho de asilo en la Unión Europea no obedece únicamente a tensiones entre normas nacionales y supranacionales. Si bien el marco normativo europeo reconoce que la orientación sexual y la identidad de género pueden constituir motivo de persecución de forma análoga a la raza, la religión, la nacionalidad o la ideología política, en la práctica se observa un trato discriminatorio frente a dichos factores.
“El reconocimiento de la orientación sexual e identidad de género dentro del concepto de ‘grupo social determinado’ [es decir, que puede ser objeto de persecución en virtud de las características que lo definen] opera sólo en función de las circunstancias imperantes en el país de origen. Esta exigencia posiciona a las personas solicitantes de asilo y de protección subsidiaria por tales motivos en un claro supuesto de inseguridad jurídica, ya que la falta de información sobre el país de origen por parte de las autoridades puede dar lugar a prejuicios y a la denegación sistemática de solicitudes, sin llegar a tramitar el requerido examen individualizado de las circunstancias personales de cada solicitante. Esta restricción además opera de forma discriminatoria en relación con los otros motivos de persecución: raza, religión, nacionalidad u opiniones políticas, sobre los que no se aplica la condición de las circunstancias imperantes en el país de origen”, explica el abogado.
Adicionalmente, el reconocimiento de la orientación sexual en la normativa sobre asilo de la Unión Europea y España se efectúa bajo la sombra del prejuicio, comenta el investigador, dado que en ambos marcos se establece que “en ningún caso podrá entenderse la orientación sexual en un sentido que comporte actos considerados delictivos”. Dicho precepto resulta innecesario, en tanto la ley encargada de regular el asilo prevé entre los supuestos de exclusión, aplicables a todos los motivos de persecución, la comisión de delitos graves comunes, puntualiza el abogado. Lo que suscita la pregunta de por qué al introducir la persecución por orientación sexual e identidad de género como motivos para la concesión de asilo, se la asocia de forma indirecta con la posible transgresión de las leyes.
Refugios inseguros
La violencia suele acompañar a los refugiados LGBTI durante todo su trayectoria migratoria: desde el momento en que toman la decisión de huir de sus lugares de origen y a lo largo de todas las fases del procedimiento de asilo, explica Díaz Lafuente. Si bien el sistema de asilo debería garantizar la protección de las y los solicitantes en cuanto a la seguridad y confidencialidad de su solicitud, así como el desarrollo de mecanismos de identificación de dichas personas y la atención de sus necesidades médicas, psicológicas, jurídicas y de integración social particulares, afirma el abogado, la realidad dista de ello.
Las agresiones que buscan tanto subordinar como eliminar a las personas LGBTI se reproducen en los refugios, que son lugares donde se supone deberían estar a salvo de ellas. A lo anterior se suma que los solicitantes de asilo deben permanecer encerrados en dichos espacios por varios meses, hasta que su situación legal se resuelva. Un reportaje de Associated Press sobre la situación que viven las personas LGBTI en dichos lugares da cuenta de graves formas de violencia y discriminación por parte de otros refugiados.
La investigación periodística realizada por Kirsten Grieshaber y Mike Corder cubrió varios países de la Unión Europea y dialogó con organizaciones LGBTI asentadas en ellos. Como resultado, conocieron casos de insultos, intimidación, agresiones físicas y sexuales en refugios holandeses, alemanes, españoles, daneses, suecos y finlandeses. Entre los casos más notorios cuenta el de Alaa Ammar, sirio que llegó a Holanda para huir tanto de la guerra civil como de la persecución homofóbica de la cual era víctima en un país donde la homosexualidad es delito. En la ciudad de Ter Apel, Ammar y otros migrantes gays fueron agredidos por parte de otros refugiados, por lo que tuvieron que ser transferidos a otro refugio. Allí, en uno de los baños, Ammar fue atacado con un cuchillo por otro solicitante de asilo, por lo que, de nuevo, fue reubicado en otro refugio y de allí pasó a un albergue privado en Ámsterdam donde, finalmente, se le garantizó su seguridad. La organización holandesa The College for Human Rights ha reportado agresiones que involucran desde el lanzamiento de excrementos a las camas de migrantes LGBTI, hasta amenazas de muerte y abusos sexuales.
Aunque la mayoría de las veces las agresiones provienen de otros refugiados, en ocasiones involucran a miembros del equipo de seguridad de los refugios, así como a los intérpretes que deben prestar servicios de traducción a los refugiados, señalan los reporteros. Pese a la frecuencia de dichas agresiones, la mayoría de ellas no son denunciadas. Entre otros motivos, esto obedece a la estigmatización a la que se enfrentan las víctimas en el momento de instaurar la denuncia. Todo esto deriva en la inexistencia de un registro oficial de dichos casos. Las más de las veces, son las organizaciones LGBTI de cada país las que investigan dicha problemática y llevan una relación de los casos.
En Alemania, por ejemplo, la Federación Lésbica y Gay reportó 106 casos de violencia contra homosexuales y transgéneros refugiados en Berlín entre agosto de 2015 y enero de 2016, señalan los reporteros. 13 de dichos casos correspondían a abuso sexual. Debido al miedo de poner en riesgo la solicitud de asilo por denunciar tales hechos ante la policía, las víctimas prefieren acudir a organizaciones LGBTI, que han logrado reubicarlas en hogares privados. En Núremberg, por ejemplo, organizaciones sociales han abierto hogares para refugiados LGBTI, con el fin de protegerlos de la violencia que enfrentan en los refugios oficiales. La situación persiste pese a que la Comisión Europea de Derechos Humanos reprendió al gobierno alemán por no aplicar de forma adecuada las directrices de seguridad de la UE, señalan Grieshaber y Corder.
En otros países de la UE receptores de migrantes, la situación no es mejor. Según AP, en España y Finlandia se han registrado agresiones sexuales contra gays en los refugios, al punto que una corte finlandesa condenó a tres años y medio de prisión a un solicitante de asilo por violar a otro. Una corte sueca también condenó a prisión a un refugiado, por escupir, maltratar, amenazar de muerte y golpear hasta dejar inconsciente a otro refugiado por ser homosexual.
La complejidad del problema señala los desafíos que enfrentan las autoridades europeas si desean que el asilo por orientación sexual e identidad de género tenga existencia más allá de la letra de la ley. Al respecto, José Díaz Lafuente resalta la importancia de implementar mecanismos de intervención sobre género y diversidad sexual dirigidos tanto a agentes de policía, abogados, asistentes jurídicos, intérpretes, personal de centros de acogida y autoridades de asilo, como a grupos de solicitantes de asilo.
“La actual crisis de valores que está viviendo Europa, manifestada, entre otros ámbitos, en la respuesta social y política ante la gestión de la mayor crisis migratoria y humanitaria europea después de la Segunda Guerra Mundial, está permitiendo una toma de conciencia que permitirá avanzar de un infantilismo retórico a una madurez sociopolítica. Esta debe dejar atrás el paternalismo institucional europeo y permitir una participación ciudadana más activa y responsable en las decisiones colectivas. Como profesor universitario, observo que la creciente xenofobia en diferentes lugares de Europa pone de manifiesto y reafirma que la lucha y la promoción de los derechos humanos y las libertades públicas, consagrados en diferentes instrumentos jurídicos tras el compromiso y el trabajo de varias generaciones, precisa de una actitud activa, crítica y militante”, puntualiza el abogado.
Información tomada de http://www.clam.org.br/
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