Caleb Orozco y UNIBAM celebran el veredicto de la Corte Suprema que declara insconstitucionales los «Crímenes contra natura» en Belice
En una decisión oral esperada con mucha anticipación, el miércoles 10 de agosto el presidente de la Corte Suprema de Belice, Kenneth Benjamin, dictaminó que el artículo 53 del Código Penal contraviene la Constitución del país.
Su decisión, celebrada por los movimientos LGBT y de derechos humanos tanto en Belice como en el exterior, se produjo en el marco de un planteo de constitucionalidad presentado por Caleb Orozco en julio de 2010. Caleb es un hombre gay y el director ejecutivo del United Belize Advocacy Movement [UNIBAM, Movimiento Activista Unido de Belice], una ONG de derechos humanos que hace incidencia y trabajo político por la protección y el cumplimiento de los derechos de las personas LGBT, y fue demandante en el caso.
Caleb concurrió a la Corte Suprema con su hermana, Golda Neal, que se sentó a su lado; su abogada Lisa Shoman y su abogado Westmin James; la presidenta de UNIBAM, Simone Hill, otrxs integrantes de UNIBAM y muchas otras personas que apoyaron esta causa penal. Una representante de PETAL – Promoting Empowerment through Awareness for Lesbian and Bisexual Women [Promoviendo el empoderamiento a través de la conciencia entre lesbianas y mujeres bisexuales] dijo: «Estamos aquí porque el caso Orozco tiene que ver con los derechos humanos de todas y todos».
Al salir del tribunal, Caleb declaró que «Hoy es un día de orgullo, con un veredicto histórico para Belice, el país que me enorgullece llamar mío. Nuestros tribunales están para protegernos a todos y a todas. Al anular el artículo 53, nos hemos reafirmado, tal como lo proclama laConstitución de Belice, como una sociedad construida sobre la base de la dignidad y el respeto para todas las personas».
Caleb y UNIBAM sostuvieron que el artículo 53 del Código Penal viola sus derechos constitucionales (y los de muchas otras personas en Belice) a la dignidad humana, la intimidad y la igualdad ante la ley porque penaliza las relaciones sexuales mantenidas inclusive en privado entre personas adultas que consienten en hacerlo. Según el artículo 53, el «acceso carnal contra el orden natural», que incluye el sexo anal, es un delito que se castiga con hasta 10 años de cárcel.
En una decisión histórica, el presidente de la Corte dictaminó que Orozco tenía derecho a presentar su reclamo y que para hacerlo no necesitaba demostrar que había sido demandado con base en el artículo 53, ya que la mera existencia de esa disposición legal lo convierte en un «criminal no arrestado». La Corte también afirmó que no podía eludir su responsabilidad de interpretar si una ley es consistente o no con la Constitución nacional y por eso no podía abdicar del poder de hacerlo entregándoselo al Parlamento.
La Corte dio la razón a Caleb en todos los puntos de su demanda. Dictaminó que el artículo 53 es inconsistente con la Constitución de Belice porque viola los derechos a la dignidad humana, la intimidad, la libertad de expresión, la no discriminación, la igualdad ante la ley y a gozar de la misma protección por parte de la ley. La Corte procedió a reducir el alcance del artículo 53 del Código Penal para excluir del mismo los actos sexuales entre personas adultas que tengan lugar en privado y con el consentimiento de quienes los realizan.
El presidente de la Corte Suprema también decidió que la definición de «sexo» en el artículo 16.3 de la Constitución de Belice incluye a la «orientación sexual», en consonancia con las obligaciones internacionales asumidas por el país.
Al salir del tribunal, la presidenta de UNIBAM – Simone Hill – afirmó que: «Este caso constituye un importante paso adelante por parte de Belice y de todo el Caribe hacia la dignidad y el respeto a los derechos humanos de todas las personas. En toda la historia del Caribe, no ha resultado fácil ni se ha llegado con rapidez a decisiones que implican avances en cuanto a derechos humanos».
Laura Tucker-Longsworth, presidenta de la Comisión Nacional contra el SIDA de Belice, manifestó que «el artículo 53 es un problema nacional porque tiene consecuencias para la prevención y el tratamiento del VIH. La educación es fundamental para generar cambios significativos en nuestra sociedad».
Kim Simplis Barrow, Representante Especial por las Mujeres, Niñas y Niños, sostuvo que «Es un gran día para Belice, es un gran día para los derechos humanos: estamos un paso más cerca de la dignidad y el respeto que todas y todos merecemos».
La lideresa indígena y ambientalista Cristina Coc, de la Alianza de Líderes y Lideresas Mayas, que obtuviera el prestigioso premio Ecuador en diciembre de 2015, celebra la decisión tomada el día de la fecha, y agrega: «Compartimos la responsabilidad de garantizar que el Estado se haga responsable de proteger los derechos humanos de todas las personas y no solo de algunas. Por eso, todas las leyes, políticas y acciones deben ser coherentes con la Constitución. La cuestión de la no discriminación no pueden ser dejadas de lado. Ninguna persona, grupo o comunidad debería ser discriminada por el color de su piel, por su opción religiosa, su filiación étnica o su orientación sexual. Tenemos el deber de hacer efectiva la ley suprema de Belice, nuestra Constitución, y de reafirmarla«.
«Hoy me siento orgulloso de ser caribeño«, expresó Dane Lewis, presidente de CariFLAGS: «Nos entusiasma mucho haber sido un componente pequeño de este hecho histórico para el Caribe. Celebramos el audaz reclamo de Caleb Orozco para que se lo reconociera como un beliceño igual a cualquier otro. También queremos felicitar al Proyecto de Incidencia de la Facultad de Derecho de las Indias Occidentales y las muchas abogadas y muchos abogados que trabajaron gratis en este caso, como por ejemplo Lisa Shoman, política y congresista.
Sus aportes para que haya más justicia social en el Caribe son un modelo para la profesión en la región. Este caso se llevó adelante de la manera correcta, en forma estratégica, en conjunto con las comunidades afectadas y rindiéndole cuentas. Para nosotros, este caso siempre tuvo que ver con utilizar las Constituciones producto de nuestra independencia y los sistemas legales de nuestros Estados que nos confieren el estatus de ciudadanos o ciudadanas para ampliar la promesa de igualdad y dignidad de tal modo que abarque a todas las personas, cualquiera sea nuestra religión o nuestra sexualidad.».
Westmin James, abogado integrante del Proyecto de Incidencia de la Facultad de Derecho de la Universidad de las Indias Occidentales (U-RAP UWI en inglés) y que fue uno de los que ayudó a presentar la demanda comentó que «Esta decisión constituye un paso valiente hacia el reconocimiento de los derechos humanos de todas las personas en Belice y contribuirá en gran medida a promover los derechos humanos y la igualdad de todas las personas LGBT en el Caribe«.
Por mayores detalles, por favor contactar a Sharon Marin-Lewis +(501) 668-0502 o sharon.marinbz@gmail.com o a Westmin James +(501) 627-8853
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