CIDH dice que orientación sexual de víctima de abusos no puede ser atenuante
Se refirió a una controvertida sentencia sobre la violación de un niño de seis años en Argentina.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recordó que ni la orientación sexual de la víctima ni los abusos previos pueden en ningún caso suponer una reducción en la pena del agresor, como ocurrió en Argentina en una controvertida sentencia sobre la violación de un niño de seis años.
Dos magistrados de la Cámara de Casación de la provincia de Buenos Aires adujeron la orientación sexual del menor y los abusos previos sufridos al reducir de seis años de cárcel a tres la pena a su violador, Mario Tolosa, director del club infantil donde jugaba al fútbol.
El fallo, conocido a finales de mayo, ha provocado una oleada de críticas en el país suramericano, donde políticos, jueces, defensores de derechos humanos y celebridades lo han tildado de «aberrante», «escandaloso», «homofóbico» y «discriminatorio».
«La CIDH saluda las expresiones de condena de autoridades del Gobierno argentino, y toma nota de que la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires admitió un recurso extraordinario y que el Ministerio Público Fiscal pidió la reserva del caso federal, por lo cual la causa podría llegar a la Corte Suprema de Justicia», señaló en una nota la Comisión, que seguirá dando seguimiento al caso.
La CIDH recordó que el hecho que un niño haya sido víctima de abuso sexual «no puede disminuir la gravedad de otros hechos de violencia sexual en su contra, o suponer una menor protección a sus derechos».
«Asimismo, la orientación sexual, la identidad o la expresión de género de una persona no pueden resultar pertinentes para atenuar o justificar la gravedad de una conducta delictiva cometida en su contra, más aún cuando se trata de abuso sexual de un niño», subraya el organismo autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), con sede en Washington.
La Comisión, en su informe «Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia», recomendó a los Estados adoptar medidas para garantizar «una capacitación permanente y accesible» a los miembros del sistema judicial.
«En particular, la CIDH recomendó que los Estados prioricen la ejecución de planes en materia de derechos de grupos que, por la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran, requieren de un tratamiento especializado, lo que resulta vital para casos como el presente», detalla el organismo en su nota.
Tomado elespectador.com
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