La historia del matrimonio es a la vez de continuidad y cambio. Por Paula Siverino
Recientemente la Suprema Corte de los EEUU aprobó la expedición de licencias matrimoniales para parejas homoafectivas y la validez del matrimonio de aquellas casadas en otros Estados, en todo el territorio de los EEUU[1][2].Aquí reproducimos sus argumentos principales[3].
Los peticionantes lejos de buscar degradar el matrimonio debido a que lo respetan y necesitan, reclaman el poder gozar de sus privilegios y responsabilidades.
La historia del matrimonio es a la vez de continuidad y cambio. Cambios como el declive de los arreglos matrimoniales y la condición de minoridad de la mujer implicaron profundas modificaciones en la estructura del matrimonio, aun cuando alguna vez fueron vistos como esenciales. Ello fortaleció no debilitó la institución. Los cambios en la comprensión del matrimonio son característicos de una Nación donde las dimensiones de la libertad son claramente visibles para las nuevas generaciones.
Las libertades fundamentales protegidas por la Cláusula de Debido Proceso de la Enmienda Catorce se extienden a elecciones personales centrales para la dignidad y autonomía individual, incluyendo opciones tales como la definición de identidad personal y creencias.
Las Cortes deben ejercer un juzgamiento razonado identificando intereses de las personas tan fundamentales que el Estado debe respetarlos. La historia y la tradición pueden guiar y disciplinar la pesquisa pero no marcar sus límites. Cuando una nueva mirada revela una discordancia con la protección central dada por la Constitución y una estructura legal, se debe estar por la libertad.
El derecho a contraer matrimonio es fundamental, goza de protección constitucional y es cierto para todos, independientemente de la orientación sexual.
La relación especialísima que implica el matrimonio y su dimensión de intimidad debe ser protegida no bastando con la mera libertad de la descriminalización de las relaciones sexuales en una pareja del mismo sexo.
Proteger el derecho a casarse implica proteger asimismo a los niños y sus familias, tanto en relación al goce de derechos cuanto al status marital que protegerá a los hijos de parejas del mismo sexo de sufrir agresiones o humillaciones.
El Estado considera al matrimonio una institución clave, no cabiendo distinción entre aquella unión entre personas de igual o diverso sexo.
La limitación del matrimonio puede haber parecido natural y justa en otros tiempos, pero es inconsistente con el modo en el cual hoy se manifiesta el derecho a contraer matrimonio.
El derecho de las parejas del mismo sexo se deriva del deber de igual protección de la Cláusulas de Debido Proceso e Igual Protección[4] de la Enmienda Catorce. La ley que impide a parejas del mismo sexo casarse es inequitativa y, habiendo padecido una larga historia de desaprobación, esta denegación constituye un daño grave y permanente.
Se puede pensar que se debe esperar a un mayor debate y acción legislativa, pero si bien la Constitución prevé que la democracia (representativa) es la mejor opción para buscar un cambio, los individuos que sufren daños no pueden esperar a una ley.
La Enmienda Catorce requiere que los Estados reconozcan el matrimonio entre personas del mismo sexo válidamente contraído, no existiendo base legal para negarlo. Estas parejas pueden ahora ejercer el derecho a casarse en todos los Estados.
¿Y por casa como andamos? Argentina[5] y Uruguay[6] tienen leyes de matrimonio igualitario, reconocido por vía judicial en Brasil[7] y México[8]. Colombia admite derechos a parejas homoafectivas y la Corte Constitucional debe pronunciarse sobre el matrimonio igualitario pronto; Chile legisló la unión civil[9] al igual que Ecuador[10]. Perú, Venezuela, Bolivia y Paraguay no reconocen derechos.
El matrimonio sufrió muchísimos cambios. Empezó como arreglo comercial propio de clases altas. Luego llegó el consentimiento libre, permitiendo la elección del cónyuge[11]. Dejó de ser religioso para volverse laico. Se permitieron los matrimonios interraciales. La mujer estaba subordinada al marido, primero como su propiedad, luego bajo su tutela y hoy un igual. “Hasta que la muerte los separe” devino inconstitucional y apareció el divorcio. El matrimonio igualitario es solo el último tsunami.
Mis disculpas, hoy me calcé el sombrero de maestra aburrida, pero cada tanto amerita. Si por mí fuera solo diría ¡viva el amor! Es absurdo evaluar a las personas por su preferencia de partner sexual o con más suerte, de vida. Es de una soberbia ridícula pensar que ser hetero me hace mejor. Va de nuevo, las evaluaciones éticas de las cejas para arriba no de la cintura hacia abajo. Si fornicar fornicamos todos[12] ¿a quien le interesa de qué modo? Eso no es “moral”, se llama “morbo” y hay toda una industria que lucra con ello.
[1] Obergefell et. al vs Hodger https://supreme.justia.com/cases/federal/us/576/14-556/dissent7.html
[2] De 103 páginas 33 son del voto afirmativo, 6 de un Anexo y las 64 restantes del voto disidente. A favor votaron la totalidad de las mujeres (3/3) y un tercio de los varones (2/6).
[3] No nos da el espacio para incluir las numerosas objeciones, pero ya las volcaremos en un artículo de más largo aliento.
[4] https://es.wikipedia.org/wiki/Cl%C3%A1usula_sobre_protecci%C3%B3n_igualitaria
[5] http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/165000-169999/169608/norma.htm
[6] http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=19075&Anchor=
[7] http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-219977-2013-05-14.html
[11] “El sí de las niñas” (1806) es una pieza teatral española muy simpática de la época colonial que da cuenta del drama de los matrimonios arreglados, prohibida en su momento por la Inquisición, por las dudas.
[12] Al menos los que tienen ocasión y vocación, los que no… mi solidaridad.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!