Reproducción asistida o… familia programada #TodasIguales
Queremos agradecer a Glenys De Jesús Checo, directora legal de Women´s Link Worldwide, esta pieza que publicamos a raíz de la reciente sentencia a favor de una pareja de lesbianas. Ella, y la organización que representa, han logrado con esta resolución una victoria para todas las mujeres que quieren acceder a los tratamientos de reproducción asistida, independientemente de su orientación sexual.
Desde que se conoció a través de los medios de comunicación, el caso de Verónica y Tania no ha dejado de sonar, suscitando reacciones de muy diverso tipo a favor y en contra. Esta pareja fue víctima de discriminación cuando, como consecuencia de una orden ministerial emitida por el Ministerio de Sanidad, quedaron excluidas de los tratamientos de reproducción asistida que estaban recibiendo en la Seguridad Social. La orden del Ministerio de Sanidad exige:
«Ausencia de consecución de embarazo tras un mínimo de 12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos»
Es decir, no se da tratamiento a mujeres que no tengan pareja masculina. Pero además, las que puedan aportar esta pareja masculina deben poder demostrar – no está muy claro bajo que medios de prueba – que se trata de una relación de pareja heterosexual, estable y consumada.
Afortunadamente, esta cuestión ya ha sido definitivamente resuelta. Tras la demanda interpuesta por esta pareja alegando el trato discriminatorio a que fueron sometidas y representadas por la organización internacional Women’s Link Worldwide, un juzgado de lo social de Madrid declaró que la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid en su calidad de responsable de la prestación de la asistencia sanitaria, no debió de aplicar la orden ministerial por ser manifiestamente discriminatoria y contraria a la Ley de Reproducción Asistida, que es una ley de rango superior.
Esta sentencia es una muy buena noticia. Mucho más en los tiempos que corren, en los que vemos como nuestros derechos se ven cada vez más reducidos en todos los ámbitos. Se trata de una gran victoria no sólo para los grupos LGBTI, sino también para todas las mujeres en el Estado español y esto es importante resaltarlo. Una vez más, como tantas veces en la historia, a través de políticas públicas y el uso del derecho, a las mujeres se nos trata de decir con quién podemos o no tener relaciones sexuales, con quién podemos o no formar una relación, cómo debemos o no ser madres. Esta Orden Ministerial es un ejemplo claro, se trata de una medida diseñada para establecer la diferencia entre la manera correcta o incorrecta de ser mujer, con castigos por si se nos ocurre cruzar al lado oscuro, como es el de quitarnos la posibilidad de ser madres. Esto es inadmisible y así se desprende de la sentencia.
Verónica y Tania, con su extraordinario valor al no admitir ese trato injusto, que vulneró su dignidad, identidad y la legitimidad de su proyecto de vida, nos han recordado a todos y todas que la lucha en contra de la desigualdad es constante.
España tiene uno de los marcos legislativos más amplios en materia de protección de la igualdad de género, la diversidad sexual y las familias diversas, pero nunca hay victorias consolidadas. Como Estado democrático, en España hay un consenso acerca de que no existe un modelo único de familia y como tal todas las formas de unión para construir un proyecto de vida en común merecen la protección del Estado y de la comunidad autónoma y esto hay que defenderlo cada día.
De aquí en adelante, está en manos del Ministerio de Sanidad hacer lo correcto y anular esta orden que ofende los valores más básicos de un Estado protector de los derechos humanos. También queda en manos del Gobierno de la Comunidad de Madrid tomar las medidas necesaria para que esto no vuelva a ocurrir y garantizar que en toda la Comunidad Autónoma se permita el acceso sin discriminación a estos tratamientos, que actualmente se ofrecen a las mujeres sin pareja masculina en un único centro de salud.
Una última cuestión.
Admitir o no admitir que algunas personas, grupos o familias, sean tratadas como de segunda o tercera clase o sencillamente como no aptas, nos define como sociedad.
Esto es válido para cualquier derecho del que discutamos. No existe una categoría de servicios más básicos que otros y con esto quiero hacer referencia al falso debate sobre si las técnicas de reproducción asistida son un «lujo» que podemos o no permitirnos en tiempos de crisis. Ninguna prestación social, sea de la naturaleza que sea, puede ser denegada a una persona en base a criterios arbitrarios como la raza, el género, la orientación sexual o cualquier otro similar. Aceptar algo así, en cualquier ámbito sólo significa una cosa: que estamos de acuerdo en crear categorías de seres humanos. Estoy convencida de que como sociedad ese es un camino que no queremos tomar.
Tomado de http://blogs.20minutos.es/
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!