Promsex hace un llamado a la inclusión de las personas LGBT en el Censo Nacional
En el marco de los Censos Nacionales 2017: XII de Población, VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas, este 22 de octubre el INEI llevará a cabo el Censo Nacional para obtener información demográfica, económica, cultural y social de todos los habitantes y sus viviendas, el Centro de promoción y defensa de los derechos sexuales y reproductivos
(PROMSEX) señala lo siguiente:
Que, siendo las personas lesbianas, gays, bisexuales y trans (LGBT) parte de la ciudadanía; nos preocupa que no se hayan incluido preguntas u opciones de respuesta específicas que recojan información sobre las orientaciones sexuales o identidades de género no normativas. Ello, resulta en una situación discriminatoria que invalida e invisibiliza las relaciones de pareja no heterosexuales y, de manera desproporcionada, las identidades trans en su diversidad cuyo reconocimiento legal no se logra debido a la ausencia de mecanismos administrativos del propio Estado.
Cabe señalar que, debido a las finalidades del Censo, el mismo no debería obstaculizar el reconocimiento de las personas LGBT en sus identidades y relaciones, pues no es un instrumento de reconocimiento jurídico sino, únicamente, de recojo de información para fines de política del Estado, donde ninguna persona debe ser invisibilizada debido a su orientación sexual y/o identidad de género.
En ese sentido, habiendo tomado conocimiento de la Cédula Censal (https://es.scribd.com/document/361746291/Cedula-censal) que se aplicará este 22 de octubre, recomendamos que:
Las personas que constituyen una pareja no heterosexual y quieran visibilizarlo en el Censo, deben:
- Recordar que quienes sean empadronadores no pueden negarse a incluir la información que brindan.
- En las preguntas en que se solicite señalar ¿CUÁL ES LA RELACIÓN DE PARENTESCO CON EL JEFE O JEFA DEL HOGAR?, debe marcarse la opción de “2. Esposo/a o compañero/a”.
- No debe aceptarse incluir la denominación: “Otro/a no pariente” para su pareja, pues según la propia cartilla censal, se entiende que la denominación “Otras personas no parientes del/de la jefe/a” solo es usada para “(amigos/as, compadres, etc.)” y no debe servir para invisibilizar su unión no heterosexual.
- Recuerde que si su unión no heterosexual realizada en otro país puede marcar la opción correspondiente cuando le consulten por su estado civil, del mismo modo quienes tengan una relación de convivencia.
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI):
- Debe esclarecer si existen o no directivas, para quienes participen como empadronadores, sobre la forma en que deben consignar información de las parejas no heterosexuales, sin generar situaciones de discriminación.
- Deberá considerar toda la información brindada por parejas no heterosexuales y garantizar que el sistema de recojo y sistematización de la información no anule ni invisibilice la existencia de estas parejas, pues lo contrario constituiría un acto discriminatorio.
Finalmente, hacemos un llamado para que el Estado se comprometa a incluir en el nuevo Plan de Derechos Humanos 2017-2021 objetivos específicos que tomen en consideración la necesidad de formular, para posteriores Censos Nacionales, la cartilla censal de modo que las personas LGBT no se vean invisibilizadas.
Promsex
Centro de Promoción y Defensa de los
Derechos Sexuales y Reproductivos
Prensa: 447-8668 anexo 118
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