Reforma legislativa para despenalizar las relaciones sexuales consentidas en adolescentes
Un análisis de la Reforma Legislativa para despenalizar las relaciones sexuales consentidas en adolescentes.
Un análisis de la Reforma Legislativa para despenalizar las relaciones sexuales consentidas en adolescentes.
El presente reporte alternativo resume el marco general de derechos humanos aplicable en el Perú y sistematiza las recomendaciones que el Estado ha recibido en materia de salud sexual y reproductiva por parte de otros Comités monitores de tratados del sistema de Naciones Unidas. Se presenta información acerca de varios aspectos de especial preocupación:
El primer eje está dedicado a la discriminación de las mujeres en el derecho a la salud en razón de su sexo en el cual se aborda la mortalidad materna, el aborto y la anticoncepción. En materia de mortalidad materna se da cuenta de las limitaciones en la información registrada por el Estado para analizar la focalización etaria y geográfica de la prevalencia del problema y de la necesidad de mejorar la atención de emergencias obstétricas en los primeros niveles de atención así como de la revisión de los marcos legales punitivos del aborto por su íntima relación con las tasas de muerte materna. En materia de aborto se da cuenta del incumplimiento de la obligación del Estado de protocolizar el aborto por razones terapéuticas, legal en el Perú desde 1924, omitiendo las observaciones del Comité de Derechos Humanos en el dictamen del caso K.L y las observaciones generales del Comité CEDAW al respecto. Asimismo, se presentan las altas tasas de aborto ilegal y la resistencia del Estado a avanzar en la despenalización del aborto en los embarazos producto de una violación o cuando el feto tiene graves malformaciones incompatibles con la vida extrauterina. En materia de anticoncepción, se exponen los retrocesos en las políticas públicas ocasionados por gestiones gubernamentales basadas en creencias religiosas que se oponen a los métodos modernos de planificación familiar y se evidencian los persistentes problemas de desabastecimiento de los mismos. Se reporta también la proscripción judicial de la distribución gratuita de la anticoncepción oral de emergencia en su versión de producto dedicado en los servicios públicos de salud.
Descargue el informe en inglés
Descargue la carta presentada en inglés
Descargue el informe en español
FE DE ERRATAS
Página 21
Dice: En el 2000, la tasa de mortalidad materna en Perú era de 185 por cada 100,000 nacidos vivos31. Según la OMS, en 2010, 240 mujeres mueren por cada 100,000 nacidos vivos, el promedio regional es de 9932.
31 Dirección General de Salud de las Personas. Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Sexual y Reproductiva. Plan Estratégico Nacional para La Reducción de la Mortalidad Materna y Perinatal 2009-2015. Lima: Ministerio de Salud, 2009, p. 23, disponible en http://www.minsa.gob.pe/servicios/serums/2009/normas/1_penrmm.pdf [en lo sucesivo MINSA, Plan Estratégico Nacional para la Reducción de la Mortalidad Materna y Perinatal]
Debe decir: En el 2000 la estimación de muertes maternas fue de 185 por cada 100 mil nacidos vivos; en el 2009, fue de 10331. Según la OMS, en 2010, 240 mujeres mueren por cada 100,000 nacidos vivos, el promedio regional es de 9932.
31 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA. Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES continua 2009). Informe principal. Lima: INEI, mayo de 2010, p. 166, disponible en http://desa.inei.gob.pe/endes/ [en lo sucesivo INEI, ENDES 2009]
_____________________________
Dice: El MINSA ha informado que el 71% de las muertes maternas se derivan de causas directas y el 29% de causas indirectas34.
34 Id. p. 23.
Debe decir: El MINSA ha informado que el 71% de las muertes maternas se derivan de causas directas y el 29% de causas indirectas34.
34 ESTRATEGIA SANITARIA NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA. Situación de la mortalidad materna [diapositivas]. Lima: MINSA.
Los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) constituyen un bloque de propósitos de desarrollo humano con los que –junto a otros Estados– el Perú se comprometió desde el año 2000. Entre los ODM se incluyen propósitos tales como erradicar la pobreza extrema, promover la igualdad de género, mejorar la salud materna, combatir el VIH-SIDA y otras enfermedades. Estos objetivos se relacionan de forma directa e ineludible con la prevención del embarazo no deseado y, por ende, con el acceso a métodos anticonceptivos y a la educación sexual por parte de los y las adolescentes.
El presente documento es un esfuerzo por abordar el tema de anticoncepción, enfocado en las evidencias científicas disponibles, considerando que sobre esa base se ha construido conocimiento popular, mitos y prejuicios que también abarcan los aspectos relacionados a la reproducción y sexualidad, que continúan arraigados en diversos profesionales de la salud.
Entendiendo que la planificación familiar es un componente clave para el desarrollo social y económico de los países, su conocimiento científico y sobre todo el esclarecimiento de mitos relacionados con el uso de métodos anticonceptivos, es imprescindible. Por ello, se pone esta publicación a disposición de todo profesional interesado en el tema, con el fin de que, al término de su lectura, contribuya a la difusión de estos conocimientos y a la promoción y defensa de la planificación familiar en nuestro medio. Los mitos forman parte de nuestra percepción del mundo y tratan de explicar aquellas cosas que no se conocen bien. Por lo general, los mitos son ampliamente compartidos, se suelen asumir como verdades no probadas y ante la falta de información se van extendiendo. Algunos mitos pueden estar basados en información científica, pero en el transcurso de tiempo se tergiversa o pierde ese origen y eso hace mucho más difícil cambiar las formas de pensar que se van enerando a partir de la distorsión de la información original. Aunque los mitos pueden estar presentes en cualquier dimensión de la vida, suelen concentrarse más en el campo de la sexualidad y la reproducción, lo cual es originado principalmente por la ausencia de educación sexual.
En la actualidad, la discriminación, el estigma, el temor y la violencia sexual plantean amenazas reales para muchas personas, en particular para las adolescentes. Estas amenazas y las acciones que desencadenan, las que varían en su naturaleza desde el desaliento hasta las amenazas contra la vida, impiden que muchas personas puedan ejercer sus derechos sexuales y reproductivos y alcanzar su salud sexual y reproductiva.
Las mujeres son nuestra principal preocupación, porque en nuestros países aún encuentran serias dificultades para desarrollar su proyecto de vida y para alcanzar un trato igual y digno respecto a los hombres de nuestra sociedad. Además, dentro de esta perspectiva, atraen nuestra atención, los grupos marginados como la gente joven, las personas transgénero, y las etnias tradicionalmente postergadas.
Habiendo sido detectada esta dramática realidad y luego de sucesivos acuerdos al interior de los Talleres de Derechos Sexuales y Reproductivos, desde FLASOG se ha impulsado un reconocimiento de estas deficiencias y por tanto es nuestro deber responder a esos requerimientos. Este hecho estimuló la convocatoria de un grupo de expertos a una Reunión Técnica en la ciudad de Lima que designaron a tres distinguidos/as maestros/as universitarios/as para entregarles el encargo de redactar esta propuesta, la misma que ha sido revisada por la totalidad del Grupo y luego de las enmiendas y correcciones que se dieron, finalmente aparece esta versión, la misma que es ofrecida, a través de las sociedades científicas afiliadas a FLASOG, a las Facultades y Escuelas de medicina, para que consideren la pertinencia de incorporar estos contenidos dentro de sus currículos y planes de estudio, en la seguridad de estar dando respuesta responsable a una demanda sentida en la salud de hombres y mujeres latinoamericanos.
Nuestro sincero agradecimiento a los ilustres colegas Dr. Pio Iván Gómez de Colombia, Dra. Silvia Oizerovich de Argentina y Dra. Luz Jefferson de Perú por haber entregado su gran experiencia y profundo conocimiento de la Salud Sexual y Reproductiva en la elaboración de este texto.
Dado que el embarazo en adolescentes muy jóvenes y la violencia sexual como determinante del embarazo son problemas de salud pública y de derechos humanos y que esta agresión contra la mujer provoca serias consecuencias físicas, mentales y sociales, así como graves secuelas en la vida sexual y reproductiva, el Comité de Derechos Sexuales y Reproductivos de FLASOG quiere ofrecer a los/as lectores/as información suficiente de lo que sucede con el embarazo en adolescentes de América Latina y El Caribe y ofrecer recomendaciones que permitan una correcta prevención del problema, así como manejo adecuado a nivel de los servicios de atención.
La presente publicación contiene las evidencias obtenidas en el estudio las cuales ponemos a su disposición con el objetivo de que puedan contribuir a mejorar el entendimiento de los efectos negativos de la aplicación de la Ley Nº 28704 en diferentes sectores sociales y políticos. Al mismo tiempo esperamos que las evidencias sirvan para abogar por la derogatoria de la ley en mención o por una modificatoria legal que permita sancionar de manera efectiva las violaciones sexuales contra las menores de edad, sin afectar otros derechos fundamentales de los y las adolescentes.
El UNFPA expresa su especial agradecimiento a las instancias y personas que han contribuido con información valiosa, con su análisis crítico y su expertise en materia legal en la producción de esta herramienta para la abogacía.
La Región Ucayali se localiza en la parte centro oriental del Perú, en la región amazónica. Limita por el Este con la República del Brasil; por el Oeste con las regiones Pasco y Huánuco; por el Norte con laregión Loreto; y por el Sur con las regiones Madre de Dios, Cuzco y Junín.
La capital de la región concentra también la mayor proporción de infraestructura en salud y educación, así como en servicios básicos. La provincia de Atalaya, con su capital Villa Atalaya, se ubica a orillas del río Tambo, muy cerca de su unión con el río Urubamba para dar origen al Ucayali. Cuenta con yacimientos de hidrocarburos, especialmente petróleo, recurso no suficientemente explotado. La provincia de Padre Abad, con su capital Aguaytía, se encuentra en la carretera Federico Basadre, que comunica a Pucallpa con la ciudad de Lima y cuenta con yacimientos de gas, actualmente en explotación. La provincia de Purús se encuentra geográficamente aislada, sólo se puede llegar por vía aérea y fluvial.
Cuando la salud se entiende como un derecho es inevitable identificar inequidades en su ejercicio por un sector importante de la población: las mujeres, que están expuestas a mayores riesgos de enfermar o morir por la influencia de factores predominantemente socioculturales que las discriminan y las hacen víctimas de marginación y exclusión social.
Si bien es cierto en el mundo crece el reconocimiento de la mujer como sujeto de derechos, y de los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos, la lectura de estadísticas sanitarias revela en forma nítida la influencia negativa de las dimensiones sociales con sesgo de género sobre la salud de la mujer en el campo de su salud sexual y reproductiva. Su expresión más dramática y dolorosa son las muertes maternas por causas directas eindirectas relacionadas al embarazo, parto y puerperio, que en número mayoritario se pueden prevenir y son evitables.
Los derechos humanos son derechos inalienables que las personas poseen por su condición de seres humanos y cuya protección es responsabilidad de todo Estado. Se basan en el principio fundamental de que todas las personas poseen una dignidad inherente y tienen igual derecho de disfrutarlos sin importar su sexo, etnia, capacidad, idioma, nacionalidad, creencias, o cualquier otra diferencia.
En el ámbito internacional, los derechos inherentes a la persona toman la denominación de derechos humanos, siendo el Estado el sujeto responsable frente a la violación de éstos; mientras que en el ámbito interno se les identifica como derechos fundamentales o derechos constitucionales de las personas, pudiendo incurrir en responsabilidad internacional en cuanto el Estado no sea capaz de adoptar las acciones y medidas necesarias para atender, sancionar y reparar adecuadamente la violación de estos derechos en la jurisdicción nacional.