LINEAMIENTOS
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El medio ambiente está sometido a un fuerte estrés por la actividad humana no controlada, que amenaza la supervivencia de nuestra sociedad y el desempeño de la misión del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos – Promsex. En ese sentido, nuestra institución prioriza esfuerzos en el trabajo para preservar la sostenibilidad ambiental del planeta, en todos los niveles de sus operaciones, en su propia práctica, como parte de una comunidad comprometida con el medio ambiente.
Promsex aspira a minimizar su impacto en nuestro entorno y maximizar el uso efectivo de los recursos. Nos esforzamos para lograr esto mediante el aumento de la comunicación y el conocimiento de nuestros esfuerzos de acuerdo con esta política y fomentando un comportamiento ambiental responsable entre nuestro equipo de trabajo, voluntariado, entidades y contrapartes con quienes nos relacionamos en todos los niveles.
Promsex se compromete no solo a cumplir con la normatividad aplicable a la protección del Medio Ambiente en todas sus operaciones, sino a minimizar los riesgos e impactos a través del desarrollo de sistemas sólidos y documentados para implementar, medir, monitorear y difundir un desempeño ambiental excelente tanto dentro de sus operaciones como a la comunidad en general, con el fin de contribuir a una sociedad más sostenible, justa e inclusiva.
La Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) es un derecho fundamental de todas las personas que se relacionan laboralmente con nuestra organización y tiene como objetivo, prevenir los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. Para eso, PROMSEX propicia el mejoramiento de las condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo a fin de prevenir daños en la integridad física y mental del personal que sean consecuencia, guarden relación o sobrevengan durante el trabajo.
En el Perú, la Seguridad y Salud en el Trabajo está normada por la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2012-TR, y sus respectivas modificatorias. Dicha Ley es aplicable a todos los sectores económicos y de servicios, comprende a todo tipo de entidades y personal bajo el régimen laboral de la actividad privada en todo el territorio nacional.
Asimismo, al ser la Seguridad y Salud en el Trabajo, un proceso que forma parte del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en nuestra organización se han desarrollado las siguientes acciones:
En efecto, el establecimiento e implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo -SGSST, tiene por finalidad contribuir a la mejora de las condiciones y factores que pueden afectar el bienestar de todas las personas que se encuentren dentro de las instalaciones de nuestra organización, a través de la inserción de todas aquellas medidas de prevención y protección que permitan salvaguardar la ocurrencia de accidentes laborales y enfermedades ocupacionales.
Desde PROMSEX, tenemos un firme compromiso para prevenir riesgos laborales, garantizar su derecho a contar con la información de los riesgos de las actividades que desarrollan; e identificar, evaluar, y prevenir los riesgos que se puedan suscitar para promover su bienestar.
PROMSEX es una organización no gubernamental feminista, conformada por hombres y mujeres, profesionales y activistas, que busca contribuir a la vigencia de la integridad y dignidad de las personas en el acceso a la salud sexual y reproductiva, la justicia y la seguridad humana, a través de la incidencia política, de la generación de conocimiento y de la articulación con otras organizaciones de la sociedad civil.
PROMSEX ha contribuido a develar la violencia sexual contra niños/as y adolescentes, el problema de la trata con fines de explotación sexual y laboral y sus graves efectos en la salud y, juntos con otros aliados, se ha logrado que violaciones desde el Estado no queden en la impunidad.
En este marco de trabajo, se definen estos lineamientos institucionales para el trabajo con niñas, niños y adolescentes, los cuales contienen la declaración, compromisos, objetivos, resultados, normas y procedimientos para proteger a niñas, niños y adolescentes con quienes se establece relación en el quehacer socioeducativo y de promoción y defensa de sus derechos fundamentales. Estos lineamientos son el referente político, ético y pedagógico que regula y auto-regula el comportamiento del personal de PROMSEX, basado en el respeto expresado en el compromiso de prevenir la violencia hacia niñas, niños y adolescentes y promover la protección a su integridad: física, psicológica y sexual desde un enfoque de derechos humanos.
En el ámbito normativo, el trabajo de PROMSEX con niñas, niños y adolescentes, se sustenta en la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, ratificada por el Perú, y normas nacionales como la Constitución Política, y el Código de los Niños y Adolescentes, que reconocen como fundamento el «Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos».
La definición de estos lineamientos es el resultado de un proceso en el que participaron integrantes del equipo de PROMSEX; niñas, niños, adolescentes; y personal docente de establecimientos educativo con los cuales se ha desarrollado trabajo conjunto. Para su elaboración se partió de los resultados de diagnóstico, análisis de estudios de caso, revisión de experiencias vividas, sesiones de capacitaciones y revisión en equipo, esto llevó en diferentes momentos a retroalimentarlos y analizar críticamente las implicaciones que conlleva, así como la responsabilidad y el compromiso de protección sustentado en la misión institucional que explicita la promoción y defensa de los derechos sexuales y reproductivos; teniendo como base el derecho a una vida libre de violencia.
Desde el año 2005, PROMSEX ha venido desarrollando procesos de incidencia política y pública, así como educativos con énfasis en los derechos de niñas, niños y adolescentes, haciendo énfasis en ejes temáticos de participación infantil, salud preventiva y prevención de la violencia.
En este crecimiento como organización se ha avanzado en el fortalecimiento de capacidades del equipo para el abordaje de factores protectores, asumiendo responsabilidades ante la protección desde su propia práctica. Este proceso ha llevado a habilitar al personal en conocimientos, destrezas y habilidades para la prevención de la violencia.
Crear y documentar estos lineamientos para el trabajo con la niñez y la adolescencia, no solamente dan cuenta del desarrollo de un documento más, ya que se tiene claro que un documento por sí solo no basta; es necesario demostrar, evidenciar y ser consecuentes ante la protección de los niños, niñas y adolescentes, para hacer de ella un comportamiento y actitud de compromiso y responsabilidad.
De acuerdo a la Ley N° 27942 modificada por el Decreto Legislativo N° 1410 y D.S. N° 003-2010-MIMDES; el hostigamiento sexual es una forma de violencia que se manifiesta a través de una conducta de naturaleza sexual o sexista no deseada (trato ofensivo, tocamientos, insinuaciones, gestos obscenos, amenazas, chantaje sexual, entre otros) que crea un ambiente hostil o humillante y que puede afectar la situación laboral de la víctima.
En el marco del establecimiento de nuestras políticas de prevención del acoso y agresión sexual, con el fin de prevenir y atender oportunamente cualquier tipo de situación al respecto, la organización establece una ruta interna para denuncias de hostigamiento sexual de conformidad con el Código de Conducta contra la Discriminación y las Violencias de Género que abarca los compromisos de quienes trabajan o pertenecen a las instancias de Gobierno (Asamblea General, Consejo Directivo) de Promsex.
Además, mantenemos un firme compromiso para la prevención y atención de casos de discriminación y violencias de género en el ámbito laboral, por lo que, en nuestro Reglamento Interno de Trabajo, se establecen las medidas y sanciones que se deben adoptar; priorizando así los principios que sustentan las relaciones laborales del equipo humano, como son:
Así mismo, en el marco de las políticas de Prevención de explotación y abuso sexual, las empresas, organizaciones y/o personas que se relacionan con Promsex en la provisión de bienes y servicios o son beneficiarias; deben suscribir el código de conducta contra las violencias de género; y los lineamientos institucionales para el Trabajo con niñas, niños, niñes y adolescentes, donde se establecen los compromisos, responsabilidades y procedimientos para presentar una denuncia. Estos documentos esbozan los parámetros que utiliza la institución, para trabajar con otras instituciones y organismos, y así garantizar las salvaguardias adecuadas y acciones apropiadas en relación con la discriminación y violencias de género, así como la explotación y el abuso sexual.
Estas políticas institucionales se complementan con el resto de las políticas que Promsex y con el marco normativo vigente nacional, y lo establecido en diferentes instrumentos internacionales, para afianzar la cultura de respeto y protección de la integridad y seguridad de las personas que integran y se relacionan con nuestra institución.
PROMSEX, como organización no gubernamental y autónoma, que lucha por los derechos humanos, tiene la responsabilidad de asegurar que su quehacer sea transparente e íntegro con el fin de garantizar que las relaciones con sus grupos de interés se consoliden sobre los pilares del respeto y la confianza.
Por ello, nos aseguramos de que todas las personas involucradas en nuestra intervención sostengan una conducta ética permanente, para brindar un desempeño eficaz que contribuya a una mejor calidad de vida mediante relaciones íntegras entre todas las personas.
De esta manera, este Código de Ética y Conducta es una representación de nuestra cultura organizacional, de nuestros compromisos y obligaciones como parte de una sociedad más justa, la cual anhelamos sea una realidad. Esperamos, por ello, que todas las personas y organizaciones que mantengan algún tipo de relación o sociedad con nuestra institución sostengan normas de comportamiento afines.
Si bien PROMSEX es una organización establecida en Perú y cumple permanentemente con la legislación local vigente, nuestro Código de Ética y Conducta está pensado de forma que pueda aplicarse fuera del país, debido a que también trabajamos y articulamos con organizaciones e instituciones internacionales.
El presente documento tiene la finalidad de establecer pautas básicas de ética en todo el proceso de los estudios de investigación de la institución: desde la formulación del protocolo hasta el almacenamiento y análisis de los datos, así como la elaboración y publicación de los resultados obtenidos. Para tal fin, este documento debe ser leído e implementado por todas las personas que participen en estudios de investigación a cargo de la ONG Promsex.
Este documento es de naturaleza obligatoria para toda persona involucrada en un estudio de investigación con sujetos humanos a cargo de la institución, sin importar el rol que cumpla o la relación contractual con la misma: ya sea que se trate de una persona natural o personas que hayan sido contratados bajo la modalidad de «consultoría» para llevar a cabo procesos relacionados a este tipo de investigaciones, independientemente de si forma parte del equipo de Promsex o de alguna otra institución aliada.
Así mismo, esperamos que toda persona involucrada en estudios de investigación liderados o acompañados por Promsex, se alineen a los siguientes protocolos institucionales:
El hostigamiento sexual es una forma de violencia que se configura a través de una conducta de
naturaleza sexual 0 sexista, y que no es bienvenida ni deseada por la persona contra la que se
dirige. Asimismo, se constituye como una demostración de poder cuyo objetivo es intimidar,
coaccionar o humillar a otra persona; y se le considera una forma de discriminación por motivos
de sexo, una violación de los derechos fundamentales en el trabajo y una forma de violencia de
género porque se fundamenta en estereotipos que marcan y limitan los comportamientos de las
personas.
Además, la legislación peruana ha incluido el sexismo dentro del marco del hostigamiento sexual.
Las conductas sexistas son actitudes o prácticas discriminatorias que degradan o consideran
inferior a una persona basado en su sexo. El sexismo se caracteriza por estar basado en prejuicios
y creencias aprendidas en el entorno social.
De entre todos los tipos de procesos comunicativos con los que se cuenta actualmente, el lenguaje escrito sigue teniendo mucha importancia por dos razones: 1) su permanencia en el tiempo y 2) la posibilidad de optimización del mensaje antes de su llegada al público objetivo.
En este sentido, a través del presente documento, Promsex pone en manifiesto su deseo de establecer criterios y lineamientos comunes para la presentación de documentos escritos que garanticen un mayor impacto del mensaje en la población objetiva y la optimización del tiempo de edición de todo tipo de publicación escrita que se les presente.
En la necesidad de generar procesos reflexivos en Promsex, nos hemos dado la tarea de desarrollar un posicionamiento respecto al lenguaje incluyente y los alcances tanto políticos como técnicos que expliciten las formas en que viabilizamos objetivos y estrategias de trabajo institucionalmente.
Buscamos enfocarnos con la perspectiva de introducir conceptos como la justicia del lenguaje, así como de otros elementos focales que complementan el lenguaje incluyente de género. Ante los retrocesos vividos recientemente respecto de este último enfoque, tenemos la convicción que solo dando pasos adelante, y con mayor ambición, es que avanzaremos y consolidaremos el surgimiento de un habla incluyente que sea parte constitutiva de una realidad más justa. No se detienen los procesos de los pueblos con la fuerza, porque el cambio es una ola que avanza a pesar de los poderes fácticos. El fruto de esta reflexión colectiva se plasma en este documento de trabajo.
Una estrategia basada en siete líneas temáticas que definen los principales desafíos que se han trazado.